> HISTORIA Y GEOGRAFIA NIVEL MEDIO: CONSTITUCIÓN DE 1853

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Prof. Federico Cantó

lunes, 29 de septiembre de 2014

CONSTITUCIÓN DE 1853

La Constitución Nacional

El Congreso constituyente, fue inaugurado en la ciudad de Santa Fe, sin representación porteña, el 20 de noviembre de 1852. En esa ocasión, Justo José de Urquiza, designado por el acuerdo de San Nicolás, Director Provisional, con amplios poderes, sostuvo que debía hablarse de fórmulas conciliadoras, y no de ideas incompatibles, y que esas ideas de unidad deberían dejarse asentadas en una Constitución que evite la anarquía y el despotismo. A ambas posturas antagónicas, calificó de “monstruos que devoran a los pueblos”. El primero llenándolo de sangre y el segundo de vergüenza.

Tomando como antecedente el libro de Juan Bautista Alberdi “Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina” y los textos constitucionales que la precedieron (constituciones de 1819 y 1826) tanto a nivel nacional como internacional (Constitución de Estados Unidos) y el Pacto Federal de 1831, se redactó el Anteproyecto de Constitución con el aporte decisivo de los diputados Benjamín Gorostiaga y Juan María Gutiérrez.

La Constitución fue sancionada el 1 de mayo de 1853, y promulgada por Urquiza el 25 de mayo de ese mismo año. En su contenido se distinguen rasgos liberales,  se estableció que el gobierno sería representativo, republicano y federal. El federalismo que adoptó fue moderado ya que reconoció la autonomía de las provincias pero también otorgaba gran influencia sobre las provincias al  poder central. El poder legislativo se determinó como bicameral, con una cámara de diputados electos proporcionalmente según cantidad de población; y una cámara de senadores donde establece una relación fija de representantes por cada provincia.

El poder ejecutivo es unipersonal ejercido bajo el cargo de presidente quien es elegido por un colegio electoral y sin posibilidad de reelección. Por su parte se establece el poder judicial, independiente de los otros poderes.

La intransigencia religiosa generó amplios debates luego de los cuales quedó establecido el catolicismo como religión oficial pero se garantizó la libertad de culto.

Con respecto a las provincias establecía que  las constituciones provinciales deberían tener aprobación del gobierno nacional y, los gobiernos provinciales, podían ser juzgados por el Congreso Nacional.

El gobierno nacional tenía el poder para suspender las garantías constitucionales por medio del estado de sitio e intervenir las provincias.

Por otra parte, se declaró a la ciudad de Buenos Aires como sede de las autoridades nacionales y se nacionaliza la aduana, fuente de ingresos del Estado Nacional.
Se aseguraba el ejercicio de las libertades individuales (de prensa, de tránsito, de actividad económica, y se aseguró la libre navegación de los ríos. En su preámbulo convocaba a habitar nuestro suelo a todos los hombres de distintas nacionalidades, concediéndoles derechos civiles.







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